lunes 6 de septiembre de 2010

Hipoteca al 50 %, propiedad de uno solo de los integrantes de la pareja.

PREGUNTA:

Buenos días
Consulta:

Mi pareja y yo hemos comprado un terreno y posteriormente hemos construido una casa, para ello hemos solicitado un prestamo y una hipoteca a nombre de ambos (50%), pero en las escrituras de la vivienda sólo figura el nombre de uno. Me han dicho que cambiar las escrituras (para incluirme a mi) supondría realizar modificación de las mismas y ello tendría un coste, que ahora no puedo asumir por motivos económicos. No estamos casados y por motivos económicos tampoco nos lo podemos permitir en estos momentos. Mi consulta es la siguiente: ¿Que derechos tengo frente a esta vivienda que no está puesta a mi nombre pero si estoy pagando? ¿Si nos establecemos como pareja de hecho como quedaría la propiedad?

Muchas gracias.

RESPUESTA:

Estimada señora:

El propietario del suelo es propietario del vuelo, esa es la regla establecida en el código civil. Usted solo tiene un crédito a su favor, es decir, podría reclamar a su pareja las cantidades pagadas por la vivienda.

Efectivamente poner la casa y el terreno a su nombre tiene un coste de escrituración y también fiscal (compraventa o donación).

Un saludo.

martes 31 de agosto de 2010

Impago hipoteca por un comunero.

PREGUNTA:

Buenas noches,

Esta es mi consulta:

Tengo un piso compartido con mi ex, en su día nos concedieron una hipoteca solidaria a 50% cada uno, ahora él se niega a pagar su parte, sé que al banco le da igual quien haga el pago, pero lo que yo quiero saber es: si yo me hago cargo de toda la hipoteca, le podría denunciar por impago? que sentencia saldría? podría reclamarle la parte que no ha pagado durante ese tiempo?
El está trabajando.

Muchas gracias.

RESPUESTA:

Buenos días:

Nuestro consejo profesional es que intente deshacer la posición inmobiliaria adquirida (vender la vivienda). Si esto no es posible, solicitar a los Juzgados la disolución del condominio de la vivienda, de esa forma se aclarará la situación (entendemos que no existe una sentencia judicial que de el uso de la vivienda a uno de los dos propietarios).

En cuanto a la pregunta del pago de la hipoteca, efectivamente podría reclamarle las cantidades que ingresara usted (si puede demostrarlo) en pago de la hipoteca. La sentencia sería favorable. No obstante, previamente debe reclamar a través de medio fehaciente (burofax o telegrama) el pago de la hipoteca al otro propietario, ya que en vía judicial podría argumentar que existía un acuerdo sobre el pago de la hipoteca.

Un saludo.

sábado 19 de junio de 2010

HERENCIA

PREGUNTA:

Quisiera que me asesoraran.Mi padre tenia un dinero en el banco,yo y un hermano estabamos en la misma cuenta.En el 2008 ,se puso muy malito y mi hermano ,aconsejado por otro hermano, saco el dinero de mi padre y lo puso en una cuenta suya.A los cuatro meses ,murio mi padre y ahora mi hermano tiene ese dinero.Hace cinco años murio mi madre,yo la tuve en casa dos años.Tuvo una emiplegia y no se podia mover,yo le hacia todo,mis hermanos solo venian de visita. El dinero que ella tenia, lo cogi yo.Ahora mi hermano ,no reparte el dinero de mi padre ,hasta que yo no reparta el de mi madre.Si hace cinco años y no reclamaron al morir¿tengo que darles su parte?¿Mi hermano se puede quedar con ese dinero?.Lo cogio antes de morir y mi padre no tenia consiencia, no sabia quien era.Por fabor ,esperobuestra respuesta.

RESPUESTA:

En las herencias se toma todo el patrimonio (incluido el dinero de su padre y su madre) y se reparte según quedó establecido en el testamento. A falta de este (el testamento) queda el reparto establecido en el Código Civil. En su caso y a falta de otros herederos a partes iguales entre los tres hermanos.

Atentamente,

viernes 11 de junio de 2010

HIPOTECA SOLIDARIA

PREGUNTA:

Muy señor mio .


Lo que aquí le planteo es lo siguiente : Actualmente soy codeudora de una hipoteca de _________euros solidariamente junto con otra persona que es la propietaria de la casa , no yo . Mi nombre es _________ , tengo _____ años , soy de ______ . En la actualidad restan por pagar ________euros de la hipoteca . Dicha hipoteca se constituyó para hacer una reforma de la vivienda y comprar muebles para la casa . Fué en el 2000 . Esta otra persona (el propietario) no ha pagado nunca ni un céntimo de la hipoteca y eso que la casa le pertenece . Llevo diez años pagando religiosamente y si dejo de pagar la hipoteca ya me ha dicho el banco que me embargarían la nómina pues el otro codeudor (el propietario) no tiene nóminas ni ingresos oficiales . Esto lo hice en su día porque vivia junto a esa persona que a su vez me prometió que esa vivienda iba a ser mia el dia de mañana .Hoy ya no vivo con ella .


Mi pregunta es : ¿que puedo hacer para liberarme del pago de esta hipoteca que me lastra y no me permite tener nada mio ? El propietario codeudor se niega de firme a trasmitirme parte de la propiedad por donacion , se niega a vender la casa para poder liquidar la hipoteca y poderme devolver los 20.000 que llevo pagados .Se niega a buscar otro que ocupe mi lugar como avalista . Se niega a buscar trabajo oficial para no tener que responder .Pretende que todo se quede igual hasta el 2030 , fecha en la que se supone que termina la hipoteca y en la que tendré 55 años y nada ahorrado , sin nada mio, mientras la otra persona tendrá una casa reformada a mi costa . La verdad es que me veo atrapada . Ya he consultado dos abogados y no ven el pleito claro , motivo por el que estoy muy preocupada . Poseo las facturas y justificantes de todas las reformas que se han hecho en la vivienda , así como las facturas de los muebles que se compraron y que los tiene hoy dia el propietario de la casa .


Ruego me oriente por favor .


Sin otro particular , le saludo atentamente .

RESPUESTA:

Estimada amiga:

Efectivamente su situación es compleja. Es necesario conocer mejor su caso si se quiere opinar de una forma profesional, pero por los datos que nos aporta podría iniciar un proceso judicial en reclamación de las cantidades ya pagadas. Por otro lado quizá la solución sea la de dejar de pagar la hipoteca para que se subaste la casa. Siempre será mejor un embargo pequeño en la nómina que un pago de una hipoteca sin beneficio.

Un saludo.

miércoles 24 de marzo de 2010

DIVORCIO. GASTOS VIVIENDA. USO.

PREGUNTA:

Estimado Sr:

Me dirigo a usted para hacer la siguiente consulta: Estoy legalmente diborciado desde el 18 de Octubre de 2007 y en el fallo de dicha sentencia se atribuye el uso y disfrute de la vivienda familiar a la madre en compañía de los menores. A fecha de hoy la comunidad de vecinos del edificio donde se encuentra dicha vivienda ma ha interpuesto una demanda por impago de los recibos de la comunidad. Mi exmujer me manda un correo para que nos pongamos deacuerdo en el pago. Tampoco había pagado ni los recibos del IBI ni de la basura. Se reclama casi 2000 euros!!. Qué debo hacer??. Gracias.

RESPUESTA:

Estimado señor:

Lo primero que debe usted hacer es comprobar si la sentencia de divorcio establecía quien pagaba los gastos de la vivienda. En principio, el gasto del IBI corresponde a los propietarios independientemente de quien use la vivienda. En el supuesto de la comunidad depende de lo establecido por el juzgado, en el despacho hemos visto casos muy dispares con referencia a esto. También podría solicitar del Juzgado una modificación de medidas para que el el Juez deje claro quien debe pagar esos gastos.

Un saludo.

domingo 7 de marzo de 2010

HIPOTECA, EMBARGO. DIFICULTADES PARA SU PAGO.

PREGUNTA:

He visto su dirección a través de la web que tienen, buscando soluciones para un problema grave que tengo con mi hipoteca, le pongo en precedentes:

En Junio de 2006, mi ex pareja y yo compramos una casa en Fogars de la Selva, y pedimos una hipoteca el Banco de Santander de 360.000€, si no mal recuerdo la casa se valora en 419.000€ aproximadamente. A parte un año despues aproximadamente pedimos un credito de esos preconcebidos que sube 30.000€ con el cambio posterior del Euribor pasamos a pagar 1700€ de hipoteca mas unos 700 euros de prestamos, hace ahora justo un año, nos renegociaron el prestamo con una segunda hipoteca de 33.000 euros (la diferencia fue para que el banco se cobrase sus gastos), para esta 2ª hipoteca hicieron servir la valoración que se hizo en su día, cuando compramos la casa. En Junio de 2009 mi ex pareja y yo nos separamos en septiembre ella se queda en el paro y en Noviembre me echan a mi de mi empresa con lo cual yo tambien me quedo en el paro. Ahora mismo la situación es la siguiente: Hace cuatro meses que no pagamos las cuotas y el banco a empezado con el Embargo, yo hace tiempo que les he estado avisando de que no podríamos pagar y que buscásemos algún tipo de solución, he ido ingresando pequeñas cantidades todos los meses, 600 euros hace 2 meses 200 euros en Enero, pero he decidido no ingresar mas, ya que yo ese dinero que pago, no lo tengo y veo que tampoco sirve de nada, mi ex pareja y yo tenemos una niña en común de 18 meses y creemos que lo que tenemos ha de ir hacia ella. A parte ni ella ni yo queremos vivir en esa casa. La hipteca grande era a 40 años con 5 de carencia. La pequeña normal a 30 años. Que puedo hacer?? estoy desesperado y el dia 15 viene otro recibo de 826 euros al que me es imposible hacer frente.

RESPUESTA:

Estimado señor:

Es difícil aconsejarle así, sin conocer más su situación patrimonial, pero entiendo que deberían estudiar la posibilidad de presentar un concurso de acreedores. De esa forma no incrementarían los gastos, y sería un juez el que buscara las soluciones adecuadas. Entre ellas, la de vender las casas o adjudicarlas al "dueño" de la hipoteca.

Valoren seriamente el asunto que les propongo, probablemente no tengan otra solución a su problema, a parte claro está del embargo de sus bienes, que por lo que nos cuentan no solo implicaría a sus bienes hipotecados, sino a todo su patrimonio (préstamos personales).

Atentamente,

lunes 22 de febrero de 2010

IBI. RESPONSABLE DEL PAGO. SUBASTA DE VIVIENDA.

PREGUNTA:

D. Ricardo, yo necesitaria de Usted un favor si es que me lo puede hacer verá:
El día 20 de enero de este año 2010, el banco me subastó el piso, resulta que la subasta se quedó desierta y se lo adjudicó el propio banco. Yo tenía el recibo del IBI sin pagar, y a día de hoy sigue sin estar pagado.
Mi pregunta es la siguiente: cuando el banco va a escriturar una vivienda embargada el Notario no le pide el recibo del IBI, porque si le soy sincero me fastidia un montón tener que pagarlo yo encima que me llevaron la vivienda y me embargaron la pensión y no tengo el dinero para pagar el IBI.
Si puede me contesta.
Muchas gracias de antemano

RESPUESTA:

Estimada señora:

La deuda la contrae el propietario que teiene el inmueble el día 1 de enero. De esa forma, efectivamente es usted la responsable del pago. Al ser un impuesto continuarán intentando cobrarlo a través del embargo de sus cuentas corrientes.

Un saludo.

OBRA NUEVA. DEFECTOS EN LA CONSTRUCCIÓN. GOTERAS. RECLAMACIÓN DE DAÑOS.

PREGUNTA:

Estimado señor:

En febrero del pasado año me entregaron la vivienda (obra nueva) en la que actualmente vivo.

En diciembre, a consecuencia de las lluvias empecé a tener goteras en la cocina, la cual no puedo usar desde entonces. Llamé a mi entidad aseguradora y los daños identificados fueron:

* Inundación de la cocina, equipada con mobiliario completo y electrodomésticos.
* Goteras en el lavadero.
* Rotura de la escayola de la cocina.
* Humedades en dormitorio contiguo a la cocina.

El perito nos dijo que pidiésemos un presupuesto de todo lo dañado y que mientras elaboraría el informe.

La situación actual es la siguiente:

* El perito ha hecho dicho en el que se solicita a mi compañía que cubra los daños provocados por el agua. Estos daños se limitan a los presupuestos que les pasamos para cubrir daños estéticos, sustitución de mobiliario, etc.
* Según nos indica, nuestro seguro no va a reparar en ningún caso el problema de la cubierta, dado que es una zona común que pertenece a la comunidad de propietarios.
* La comunidad ha solicitado la elaboración de un informe pericial (a un tercero) en el que se recojan todos los daños producidos como consecuencia de las lluvias de los últimos dos meses con la idea de poder utilizarlo para poner un pleito al promotor (al parecer, no
somos los únicos afectados por el agua a causa de problemas en la construcción).
* El promotor no hace más que dar largas.

Según nos lo ha pintado el perito, no nos queda nada más que esperar a que se elabore este informe y reparar (la comunidad o nosotros mismos) y, con suerte y paciencia, esperar a que la promotora se haga cargo de todos los gastos, por encontrarse en garantía. Mientras tanto, la cocina se sigue inundando cada día de lluvia.

Mi pregunta es ¿qué podemos hacer para agilizar todo esto? ¿tendríamos derecho a defensa por parte de nuestro seguro si decidimos tirar por nuestra cuenta contra el promotor?

Gracias de antemano.

RESPUESTA:

Estimada señora:

Muchas gracias por su consulta. Uno de los problemas más habituales en las viviendas es el de "goteras" por problemas en la cubierta. Es un hecho que las constructoras en su afán de reducir sus costes han utilizado materiales de peor calidad, o simplemente no han hecho la impermeabilización de forma adecuada. En su caso, efectivamente necesita un informe pericial, y nos parece adecuado que sea su seguro el que lo haga, junto con el seguro de la Comunidad. No podemos contestar a su pregunta de si el seguro podrá interponer acciones judiciales o continuar la tramitación al no tener a nuestra disposición la documentación (póliza) que determina estos extremos.

Nosotros en su lugar enviaríamos un Burofax a la comunidad reclamando la reparación, otro a la promotora para que se hiciera cargo de los daños, y un tercero a su seguro (en el supuesto de que tenga cubierta la reclamación de daños), exigiendo que de forma inmediata comenzaran a reclamar lo que ya han peritado.

Por supuesto le aconsejamos que se ponga en manos de un abogado, siempre es más certero un escrito presentado por un profesional, que además le aconsejará sobre si es factible o beneficiosa para usted una reclamación judicial.

Un saludo.

domingo 21 de febrero de 2010

Ingresos por arrendamiento azotea. Comunidades de vecinos. Gastos.

PREGUNTA:


Muy Sres mios:

Me dirijo a ustedes al objeto de plantearles la siguiente cuestion:

La comunidad de propietarios a la que pertenezco recibe ingresos por un anuncio instalado en su azotea, a efecto de la atribucion de rendimientos a cada uno de los comuneros para su imputacion en el IRPF, es posible deducir de los ingresos percibidos por el anuncio los gastos de comunidad.

Caso de que su respuesta sea positiva, podria indicarme la normativa que la soporta.

RESPUESTA

No, la deducción es viable solo y exclusivamente para aquellos gastos necesarios para obtener los ingresos. Es obvio que los gastos de comunidad son para el mantenimiento del inmueble.

Un saludo.

jueves 18 de febrero de 2010

VENTA DE VIVIENDA. Ganancia patrimonial.

PREGUNTA:

Me dirijo a usted, porque estoy muy agobiada con el tema de una venta de una vivienda.

mi suegro hace unos 18 años compro una casa en la playa, y la puso a nombre de los dos hijos (mayores de edad en ese tiempo), ahora la quiere vender, sus hijos estan casados, y con hipotecas en sus repectivas casas, y declarandolas como primera vivienda, ya que no sabian que la casa de la playa estaba a su nombre, ellos cuando firmaron su padre les conto que era por papeleo para que ellos figuraran tambien.
asi que la casa de la playa no la han declarado ningun momento a hacienda, mi suegro dice que la contribucion está a su nombre y la esta declarando él.

mi temor es que nosotrs en su dia pusimos una cuenta vivienda, y luego la compra de la casa en la que vivimos, (me refiero a su hijo y yo), y la estamos declarando.
y a la hora de vender la casa como va a repecurtir en el tema fiscal, si le vendra multa a mi marido, si al hacer el reparto del dinero, mi suegro se llevaria la mayor parte, y como no esta a su nombre, si eso tambien hacienda les reclamara a sus hijos dinero.

Un saludo, y muchas gracias por adelantado.

RESPUESTA

Estimada señora:

Entiendo que la casa a nombre de sus hijos se firmó en un notario. De todas formas, si en su día se puso a su nombre efectivamente poco hay que hacer con respecto a eso. Mi criterio en asuntos similares es que la casa de la playa (que no es vivienda habitual), no repercute en las cuenas viviendas (que tienen su propio régimen jurídico), ni tampoco influyen en la posible deducción a la que dan derecho si se cumplen los requisitos legales. Por ese lado entiendo no existe problema.

En otro orden de cosas, efectivamente la venta de la vivienda repercutirá en los hijos, ya que deben declarar en su declaración anual su venta, lo que supone efectuar el cálculo correspondiente (precio de venta (incluyendo gastos) - precio de compra (incluyendo gastos) = X. A esa X (el resultado del cálculo anterior), se aplicará un porcentaje (18 % en 2009) y para el año 2010 (ventas a partir del 1 de enero de este año) hasta 6.000 euros de ganancia el 19% y a partir de 6.000,01 euros el 21%.

Por ello efectivamente existe una deuda fiscal que debería pagar su suegro por ser el el que verdaderamente vende la casa y recibe el precio.

Atentamente,